A los efectos de las presentes Condiciones Generales, se entenderá
como programa/folleto aquel en el que se encuentre incluida la
oferta que haya dado origen al contrato de viaje combinado.
1. Regulación jurídica aplicable.
El contrato, de obligado cumplimiento para ambas partes en los
términos previstos en el mismo, está constituido
por las cláusulas contenidas en las Condiciones Generales
publicadas en este programa/folleto, que completan y desarrollan
la legislación específica aplicable sin contravenirla,
añadiéndose además las estipulaciones concretas
que se acuerden entre Agencia y consumidor. Todo ello integra
un contrato de “viaje combinado”, puesto que en el
mismo se incluyen un conjunto de servicios previamente programados
y ofertados por un precio global, o proyectados a solicitud del
cliente también a un precio global. El hecho de adquirir
o tomar parte en el viaje a que se refiere el programa/folleto
origina la expresa aceptación por parte del consumidor
de todas y cada una de las Condiciones Generales, que se considerarán
automáticamente incorporadas al contrato, sin que sea precisa
su transcripción escrita individualizada en el mismo.Las
partes contratantes se someten expresamente a la jurisdicción
de los Tribunales de la ciudad de Valencia para resolver todas
sus diferencias.
2. Organización.
La organización de este viaje combinado ha sido realizada
por VIAJES TRANSVIA TOURS, S.L. C.I.F. B-46178364, con domicilio
en la Gran Vía Ramón y Cajal, 17-46007 VALENCIA.
Título licencia CV-Mm 048-V.
3. Inscripciones y reembolsos.
En el acto de la inscripción y sin perjuicio del anticipo
que autoriza el Artículo 3 de la Ley de Viajes Combinados,
la Agencia requerirá al menos un depósito del 40%
del importe total del viaje, no considerándose plaza alguna
como comprometida en firme mientras no se efectúe dicho
depósito. El 60% restante deberá abonarse, al menos
siete días antes de la fecha de salida, considerándose
en caso contrario la plaza como anulada, aplicándose, en
tal supuesto, las condiciones reseñadas en el apartado
anulaciones. La confirmación de la reserva se efectuará
siempre antes de la formalización del contrato. Los precios
indicados en el programa/folleto que tienen incluidos los impuestos
indirectos sobre el consumo cuando sean aplicables, han sido calculados
en base a las tarifas y cambios de moneda vigentes en la fecha
de edición del programa/folleto que ha dado origen a este
contrato de viajes combinados y/o sus opúsculos y ofertas
acogidos al mismo. Dichos precios podrán ser revisados
en el caso de que se produzcan variaciones en el coste de los
transportes, incluido el coste de carburante; en las tasas e impuestos
relativos a determinados servicios; y en los tipos de cambio aplicados
al viaje. Salvo en el caso de que se produzcan en los 20 días
anteriores a la salida del usuario, estas variaciones serán
imputadas automáticamente al consumidor, lo que obliga
a la Agencia Detallista a comunicar la variación al usuario,
quien podrá desistir del viaje, con derecho al reembolso
de sus pagos. Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier
concepto ser formalizarán siempre a través de la
Agencia Detallista donde se hubiera realizado la inscripción,
no efectuándose devolución alguna por servicios
no utilizados voluntariamente por el consumidor.
4. El precio del viaje combinado incluye;
4.1. En nuestro Programa de Circuitos en autocar:
a) Recorrido en autocar para toda la ruta indicada en cada uno
de los itinerarios.
b) Los servicios de alojamiento y comidas indicado en cada uno
de los itinerarios.
c) Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros.
d) Asistencia técnica durante el viaje con un guía-acompañante
para todo el recorrido.
e) Seguro de viaje, contratado a través de la póliza
y coberturas del mismo, según se indica específicamente
en otro lugar del mismo folleto.
f) Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen
concretamente en los itinerarios correspondientes.
g) Los impuestos indirectos (I.V.A., I.G.I.C.) cuando éstos
sean aplicables.
h) Todo aquello que se especifique además en el contrato.
5. Nuestros precios no incluyen.
Visados, tasas de aeropuerto y puerto y/o tasas de entrada y salida,
certificados de vacunación, “extras” tales
como cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes
alimenticios especiales, lavado y planchado de ropa, servicios
de hotel opcionales, etc. En el caso de excursiones o visitas
facultativas cuyo precio esté indicado con el simple carácter
de “estimado”, podrán producirse (según
las circunstancias) variaciones sobre estos costes inicialmente
calculados o previstos. En los viajes de nieve, los remontes y
cursillos de esquí no están incluidos en el precio
del viaje, sino que se calculan por separado.
6. Notas importantes sobre los apartamentos y Hoteles.
Apartamentos.-Al efectuar la reserva, el cliente es plena y exclusivamente
responsable de hacer la declaración correcta del número
de personas que ha de ocupar el apartamento, sin omitir los niños
cualquiera que sea su edad. Se advierte que la administración
de los apartamentos puede legalmente negarse a admitir la entrada
de aquellas personas no declaradas, no habiendo lugar a reclamación
alguna por esta causa. En algunos casos hay posibilidad de habilitar
cama/s supletoria/s o cunas, que deberán ser solicitadas
por los clientes antes de perfeccionarase el contrato, y que salvo
expresa mención en contrario, no estarán incluidas
en el precio publicado del apartamento.En el alquiler de apartamentos,
por lo general, ha de suscribirse in situ el correspondiente contrato
de arrendamiento según el modelo oficial autorizado. Este
contrato, en el que no es parte la Agencia Organizadora, debe
ser firmado por el usuario, quien abonará la correspondiente
fianza o seguro de responsabilidad civil para responder de los
eventuales desperfectos, si aquella es exigida.La recogida de
llaves normalmente se efectúa en horas de oficina, en la
propia conserjería del edificio o en el lugar que se indique
en la documentación del programa/oferta, de 9 a 13 horas
y de 17 a 20 horas, realizándose, como norma general, la
entrada a partir de las 17 horas del día de llegada y el
desalojo sobre las 10 horas del día de salida. Dado el
peculiar funcionamiento de este tipo de establecimientos, recomendamos
muy encarecidamente el riguroso respeto de estos horarios, en
evitación de perjuicios e incomodidades muy difíciles
de subsanar.Hoteles.-La calidad y contenido de los servicios prestados
por el hotel vendrá determinada por la categoría
turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano
competente de su país. Dada la vigente legislación
al respecto, que establece sólo la existencia de habitaciones
individuales y dobles permitiendo que en algunas de estas últimas
pueda habilitarse una tercera cama, se estimará siempre
que la utilización de la tercera cama se hace con el conocimiento
y consentimiento de las personas que ocupan la habitación.
Esta tácita estimación deriva de la circunstancia
cierta de haber sido advertidos previamente, así como de
figurar reflejada la habitación como triple en todos los
impresos de reservas y en los billetes y/o documentaciones definitivas
de viaje. Igualmente en los casos de habitaciones dobles para
uso de hasta cuatro personas cuando así se especifique
en la oferta del programa/folleto. El horario habitual para la
entrada y salida en los hoteles está en función
del primer y último servicio que el usuario vaya a utilizar.
Como norma general, las habitaciones podrán ser utilizadas
a partir de las 12 horas del día de llegada y deberán
quedar libres antes de las 12 horas del día de salida.En
el supuesto de que el usuario prevea su llegada al hotel o apartamento
reservado en fechas u horas distintas a las reseñadas,
es necesario, para evitar problemas y malas interpretaciones,
comunicar con la mayor anticipación posible tal circunstancia
a la Agencia, o al hotel o a los apartamentos directamente, según
los casos. Igualmente, debe consultar a la Agencia, en el momento
de hacer la reserva, la posibilidad de llevar animales, pues generalmente
no son admitidos en los hoteles y apartamentos.
7. Servicios suplementarios.
Cuando los usuarios lo soliciten, previo pago correspondiente,
servicios suplementarios que no les puedan ser confirmados definitivamente
por la Agencia Organizadora y éstos no puedan ser facilitados,
la Agencia Organizadora no contraerá más responsabilidad
que la de reembolsar el importe pagado por tales servicios, que
el usuario recibirá al final del viaje a través
de la Agencia Detallista.
8. Equipajes.
El equipaje y demás enseres personales del usuario no son
objeto del contrato de viaje combinado. Entendiéndose,
en cuanto al transporte terrestre y a todos los efectos, que aquel
los conserva consigo, cualquiera que sea la parte del vehículo
en que vayan colocados y, que se transporta por cuenta y riesgo
del usuario, sin que la Agencia venga obligada a responder de
la pérdida, robo, o daños que el mismo pudiera sufrir
durante el viaje por cualquier causa, incluida la manipulación
en traslados hotel/aeropuerto-puerto o viceversa, cuando existan.
Se recomienda a los usuarios que estén presentes en todas
las manipulaciones de carga y descarga de los equipajes. En cuanto
al transporte aéreo, marítimo o fluvial del equipaje,
son de aplicación las condiciones de las compañías
transportadoras, siendo el billete de pasaje el único contrato
vinculante entre las citadas compañías y el pasajero.
En el supuesto de sufrir algún daño o extravío
se recomienda presentar, en el acto, la oportuna reclamación
a la Compañía de Transportes.
9. Condiciones especiales para niños.
Dada la diversidad del tratamiento aplicable a los niños,
dependiendo de su edad, del proveedor de servicios y de la fecha
del viaje, se recomienda consultar siempre el alcance de las condiciones
especiales que existan y que en cada momento serán objeto
de información correcta y detallada. En general, en cuanto
al alojamiento, serán aplicables siempre que el niño
comparta la habitación con dos adultos. La edad de los
niños ha de figurar en el bono/contrato, ya que en caso
contrario el hotel podrá reclamar la diferencia entre la
tarifa de niño y la de adulto.
10. Documentación.
Todos los usuarios, sin excepción (niños incluidos),
deberán llevar en regla su documentación personal
y familiar correspondiente, sea el pasaporte o D.N.I., según
las leyes del país o países que visitan. Será
por cuenta de los mismos cuando los viajes así lo requieran
la obtención de visados, pasaportes, certificados de vacunación,
etc. Caso de ser rechazada por alguna Autoridad la concesión
de visados, por causas particulares del usuario, o ser denegada
su entrada en el país por carecer de los requisitos que
se exigen, o por defecto en la documentación exigida, o
por no ser portador de la misma, la Agencia declina toda responsabilidad
por hechos de esta índole, siendo por cuenta del consumidor
cualquier gasto que origine, aplicándose en estas circunstancias
las condiciones y normas establecidas para los supuestos de anulación
o desistimiento voluntario de servicios. Se recuerda igualmente
a todos los usuarios, y en especial a los que posean nacionalidad
distinta a la española, que deben asegurarse, antes de
iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las normas y requisitos
aplicables en materia de visados a fin de poder entrar sin problemas
en todos los países que vayan a visitarse. Los menores
de 18 años deben llevar un permiso escrito firmado por
sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda
ser solicitado por cualquier autoridad competente.El usuario recibe
de la Agencia la información pertinente sobre la documentación
específica necesaria para el viaje elegido, así
como asesoramiento sobre la suscripción facultativa de
un seguro que le cubra los gastos de cancelación y/o de
un seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación
en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento.
11. Anulaciones y Cesiones.
En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de los
servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución
de las cantidades que hubiera abonado, tanto si se trata del precio
total como del anticipo previsto anteriormente, pero deberá
indemniza a la Agencia por los conceptos que a continuación
se indican:
a) En el caso de servicios sueltos: La totalidad de los gastos
de gestión, más los gastos de anulación,
si se hubieran producido estos últimos.
b) En el caso de viajes combinados: 1) Los gastos de gestión
más los gastos de anulación, si los hubiere. 2)
Una penalización consistente en el 5% del total del viaje
si el desistimiento se produce con más de diez días
y menos de quince de antelación a la fecha de comienzo
del viaje; el 15% entre los días 3 y 10, y el 25% dentro
de las cuarenta y ocho horas anteriores a la salida. De no presentarse
a la hora prevista para la salida, no tendrá derecho a
devolución alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo
entre las partes en otro sentido.
c) Las excursiones que sean contratadas por el consumidor en destino
se regirán en lo referente a los gastos por anulación
por sus condiciones específicas, compartiendo todas ellas
la penalización del 100% de su importe si el consumidor
no se presenta a las mismas. Las condiciones fijadas para los
gastos por anulación, serán plenamente aplicables
con independencia de que la cancelación se haya producido
por causas de fuerza mayor del consumidor. El consumidor del viaje
combinado podrá ceder su reserva a una tercera persona
siempre que lo comunique con quince días de antelación
a la fecha de inicio del viaje.
El cesionario tendrá que reunir los mismos requisitos que
tenía el cedente, exigidos con carácter general
para el viaje combinado, y ambos responderán solidariamente
ante la Agencia de Viajes del pago del precio del viaje y de los
gastos adicionales de la cesión. Cuando por el tipo de
tarifa o características propias del medio de transporte
a utilizar, o cuando las características de los servicios
a realizar por prestadores a terceros hagan del todo imposible
la cesión, ésta no podrá ser llevada a efecto.
En los casos que el Organizador condicione, y así lo especifique
expresamente, la viabilidad de la oferta de viaje combinado a
contar con un mínimo de participantes, el cual no se alcance
y produzca la anulación del viaje, el usuario tendrá
derecho exclusivamente al reembolso del total del precio o de
las cantidades anticipadas, sin que pueda reclamar cantidad alguna
en concepto de indemnización y, siempre y cuando la Agencia
se lo haya notificado con un mínimo de diez días
de antelación a la fecha prevista de inicio del viaje.
En los circuitos en autocar, itinerarios nacionales e internacionales,
el número mínimo de clientes inscritos para garantizar
la realización del mismo, será de 30 personas.
12. Alteraciones.
La Agencia se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad
de los servicios contratados a través de los programas/folletos
contenidos en los mismos, con las condiciones y características
estipuladas. Los Organizadores y Detallistas de viajes combinados
responderán, asimismo, de los daños sufridos por
el consumidor como consecuencia de la no ejecución o ejecución
deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando
concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Que los defectos
observados en la ejecución del contrato sean imputables
al consumidor. b) Que dichos defectos sean imputables a un tercero
ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato
y revistan un carácter imprevisible o insuperable. c) Que
los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo
por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales
e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse,
a pesar de haber actuado con la diligencia debida. d) Que los
defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en
su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia
necesaria, no podía prever ni superar. Si se produce la
imposibilidad de prestar algún servicio por parte de la
Agencia Organizadora después de perfeccionado el contrato,
y antes de la salida del viaje, el consumidor podrá optar
bien por la rescisión del mismo y consiguiente reembolso
de las cantidades pagadas o bien por aceptar las modificaciones
introducidas al contrato y su repercusión en el precio,
debiendo comunicar su decisión a la Agencia en el plazo
de tres días. No podrá solicitar indemnización
por incumplimiento de contrato cuando el usuario haya aceptado
la modificación al mismo mencionada anteriormente. Si por
cualquier motivo que no sea imputable al consumidor, ni tenga
su justificación en causas suficientes o de fuerza mayor,
la Agencia Organizadora cancela el viaje combinado después
de formalizado el contrato y antes de la fecha de salida, el consumidor
tendrá derecho a otro viaje combinado de calidad equivalente
o superior, o bien al reembolso del total abonado, en los términos
establecidos en el párrafo anterior, debiendo comunicar
su decisión a la Agencia en el plazo de tres días.
No se podrá pedir indemnización por incumplimiento
de contrato cuando la cancelación del mismo se produzca
por causa de fuerza mayor. En el caso de que, después de
la salida del viaje, el Organizador no suministre o compruebe
que no puede suministrar una parte importante de los servicios
previstos en el contrato, adoptará las soluciones adecuadas
para la continuación del viaje organizado, sin suplemento
alguno de precio para el consumidor y, en su caso, abonará
a este último el importe de la diferencia entre las prestaciones
previstas y las suministradas. Si el consumidor continúa
el viaje con las soluciones dadas por el Organizador se considerará
que acepta tácitamente dichas propuestas. Si las soluciones
adoptadas por el Organizador fueran inviables o el consumidor
no las aceptase por motivos razonables, áquel deberá
facilitar a éste, sin suplemento alguno de precio, un medio
de transporte equivalente al utilizado en el viaje para regresar
al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido,
sin perjuicio de la indemnización que en su caso proceda.
Cualquier imposibilidad de prestación de los servicios
o alteración de los elementos de los mismos (incluido el
precio), puesta de manifiesto por la Agencia Organizadora, a través
del Detallista, al usuario antes del perfeccionamiento del contrato,
no podrá justificar una solicitud de indemnización
a la Agencia por parte del consumidor por incumplimiento de contrato,
puesto que éste aún no se ha perfeccionado, enmarcándose
dicha modificación del programa/folleto dentro del natural
proceso de negociación del contrato.
Si los traslados/asistencia del hotel-aeropuerto o viceversa u
otros similares, incluidos en la oferta, no se cumpliesen, fundamentalmente
por causas ajenas al transferista y no imputables al Organizador,
éste reembolsará únicamente el importe del
transporte alternativo utilizado por el cliente en el desplazamiento,
previa presentación del recibo o factura correspondiente.
13. Responsabilidad.
La Agencia de Viajes Organizadora y la Vendedora final del viaje
combinado responderán frente al consumidor, en función
de las obligaciones que les correspondan por su ámbito
respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto
cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia
de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores
de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores
y Detallistas a actuar contra dichos prestadores de servicios
y siempre dentro de los límites establecidos en estas Condiciones
Generales y en la legislación aplicable. A título
informativo, el Organizador manifiesta que asume las funciones
de organización y ejecución del viaje. En caso de
cualquier incumplimiento en la ejecución de los servicios,
el consumidor se obliga a comunicarlo al prestador de servicios
de que se trate y a la Agencia, de manera fehaciente y a la mayor
brevedad posible, preferentemente in situ o en todo caso en los
cinco días siguientes a la finalización del viaje,
puesto que fuera de ese plazo a la Agencia Organizadora le sería
casi imposible la comprobación de la veracidad de lo alegado,
así como el logro de una solución satisfactoria
para todas las partes implicadas. En el caso de que el consumidor
considere que las soluciones arbitradas por la Agencia Organizadora
no hayan sido satisfactorias, podrá interponer reclamación
en el plazo de 1 mes a contar desde la fecha de regreso del viaje
ante la citada Agencia Organizadora que será presentada
a través de la Agencia Detallista que vendió el
viaje y en la que se acreditará haber puesto de manifiesto
el presunto incumplimiento en los cinco días siguientes
a su ocurrencia. No obstante, la interposición de cualquier
reclamación derivada del contrato de viaje combinado no
exime del pago del viaje en ningún caso. El plazo de prescripción
de las acciones será el establecido en el Artículo
13 de la Ley 21/95. En cuanto al límite del resarcimiento
por daños corporales que resulten del incumplimiento o
de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el
viaje combinado, se estará a lo dispuesto en los Convenios
Internacionales sobre la materia. Por lo que se refiere a los
daños que no sean corporales, la indemnización no
podrá ser superior al precio del viaje inicialmente contratado.
En ningún caso la Agencia se responsabiliza de los gastos
de alojamiento, manutención, transportes y otros que se
originen a consecuencia de retrasos en salidas o regresos de medios
de transporte por causas meteorológicas, técnicas,
huelgas u otras de fuerza mayor. Cuando el viaje se efectúe
en autocares propios o alquilados por la Agencia Organizadora,
en caso de accidente, cualquiera que sea el país donde
se produzca, el consumidor se somete expresamente a la legislación
en materia de accidentes por carretera de la nación en
que se halle matriculado el vehículo, pudiendo acogerse,
en cuanto a daños personales se refiere, al seguro del
mismo acuerdo con el correspondiente cuadro de indemnizaciones
previstas al efecto, y en virtud del cual dichas indemnizaciones
serían pagadas a los interesados, beneficiarios o sus representantes
legales en el país de matrícula del vehículo
y precisamente en la moneda de curso legal del mismo. En los viajes
en avión o barco, la presentación en el aeropuerto
o puerto se efectuará con un mínimo de antelación
de hora y media sobre el horario oficial de salida, y en todo
caso se seguirán estrictamente las recomendaciones específicas
que indique la documentación informativa del viaje. No
obstante, se recomienda que el cliente reconfirme con cuarenta
y ocho horas de antelación los horarios de salida de los
vuelos.
14. Vigencia.
La vigencia del programa/folleto será hasta el 31/12/2007.
No obstante serán válidos los cambios en la información,
tanto en las características de los servicios incluidos
como en los precios de los mismos, cuando se hayan comunicado
al consumidor antes de la celebración del contrato; o se
hayan acordado modificaciones entre las partes contratantes. Fecha
de emisión: 20/01/2007.
15. Importante.
La descripción gráfica de los servicios ha sido
facilitada por los establecimientos en las fechas de contratación
por lo que la existencia y características de los mismos
está sujeta a posibles variaciones.Cuando el régimen
sea de pensión completa, se servirá desayuno, almuerzo
y cena, siendo el primer servicio a facilitar por el establecimiento
la cena, y el último el almuerzo del día de salida
(salvo que se especifique lo contrario en el momento de efectuar
la reserva). En Media Pensión se servirá desayuno
y cena. En caso de abandono del establecimiento antes de la fecha
contratada, la agencia organizadora no se compromete a efectuar
devolución alguna, salvo recibir escrito del hotel notificando
la no facturación de los días no disfrutados. El
citado escrito deberá ser solicitado por los clientes en
el establecimiento y deberá llevar el sello del mismo.
* Queda anotado en mi Libro Indicador, Sección 2ª número de asiento 955